El Aguila
INFORMACION
Zona de Seguridad:
 
1.- Se Consideran zonas de seguridad aquellas donde deban adoptarse medidas precautorias especiales, con el
objeto de garantizar la integridad física y la esfera de libertad de las personas y sus bienes, quedando prohibido con
carácter general el uso de armas de fuego así como el disparo en dirección a las mismas siempre que el cazador no
se encuentre separado de ellas por una distancia mayor de la que alcance el proyectil o que la configuración del terreno
sea de tal manera que resulte imposible batir la zona de seguridad.
 
2.- En todo caso serán zonas de seguridad:
 
a) Las víaspecuarias,caminos de uso publico, carreteras y vias férreas.
b) Los núcleos urbanos y rurales.
c) Las aguas de dominio público, sus cauces y márgenes.
d) Las zonas habitadas, recreativas o de acampada y sus proximidades.
e) Cualquier otro lugar o zona que así se declare por reunir las condiciones señaladas en el apartado primero de este articulo.
 
 
 
Zona de Seguridad
 
Vías y caminos de uso público (su ancho) Autovías y Carreteras
Vía Férrea
Aguas públicas
Vías pecuarias (su ancho)
Núcleo urbano, rural y zonas habitadas
 
Dominio Público
 
8 m. de dominio público y 25m. de zona de servidumbre
 
8 m. de dominio público y 25m. de zona de servidumbre
5 m.
75 m. las cañadas y 20m. las veredas.
Una franjas de 250 m. excepto los edificios aislados
en cuyo caso la franja sera de 100 m.
 
NOTA ZONA DE CAMPEO PARA SOCIOS:
 
A PARTIR DEL 23 DE AGOSTO HASTA EL 29 DE NOVIEMBRE 2015
DOMINGOS Y FESTIVOS EN LOS TERRENOS DE:
 
"FINCA BADILLO"
"HOYON"
"CERRO DE LOS FRAILES"
 
TERRENOS EN ZONA DE RESERVA NO INCLUIDOS
 
 
CONTACTO
 
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VIDEPRESIDENTE
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Juan Jose Mendoza Lermos Domingo Rodriguez Francisco Machado
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E-mail: juanaguilamayo@ hotmail.com    
 
 
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